Declaración anual: quién debe presentarla

Las personas físicas presentan su declaración anual en abril del año siguiente (LISR, art. 150). Si solo tienes salario, no siempre estás obligado.

Si tienes ingresos por sueldos

Según el SAT, debes presentarla si:

Otros ingresos

Tipo de ingresoSegún el SAT
Servicios profesionalesDebe presentarla
Actividades empresariales, incluidas plataformasDebe presentarla
Arrendamiento de inmueblesDebe presentarla
Enajenación o adquisición de bienesDebe presentarla
Intereses o dividendosDebe presentarla
RESICOPuede quedar relevado, con opción de presentarla en ciertos casos

Sobre las fechas. Lo publicado por el SAT corresponde a la Declaración Anual 2025, presentada en abril de 2026. La del ejercicio 2026 se presenta en abril de 2027. Confirma los detalles cuando el SAT los publique.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentarla aunque no esté obligado?

Sí, y a veces conviene si tienes deducciones personales que puedan generar un saldo a favor. Compruébalo con el simulador del SAT.

¿Qué dice la ley sobre los $400,000?

El artículo 150 permite no presentarla a quien solo tenga salarios e intereses que no pasen de $400,000, si los intereses reales no exceden $100,000 y se les aplicó la retención.

Fuentes oficiales